Nueva ley de especies exóticas invasoras
Cerdos vietnamitas, serpientes pitón, tortugas de la península y varano de la sabana han dejado de ser mascotas. Éstas son las últimas novedades incluidas en marzo por el Gobierno en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, por considerar que suponen un grave peligro para la biodiversidad. Te contamos, a continuación, lo que debes hacer si tienes una.
Mascotas
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¿Qué es una especie invasora?
Las especies exóticas invasoras son animales que no son autóctonos del territorio español y que, si son liberados en nuestro medio natural, suponen una amenaza ecológica para las especies silvestres autóctonas y también para la economía, especialmente para la producción agrícola, ganadera y forestal, e incluso, para la salud pública.
Ante la creciente expansión de estas especies, el Gobierno, a través del Ministerio para la Transición Ecológica, creó un catálogo de especies exóticas invasoras (Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto) que ha ido ampliando progresivamente. Actualmente, recoge más de 100 animales diferentes.
¿Y ahora qué?
Desde el pasado mes de marzo, está prohibida la posesión, transporte, tráfico y comercio de estos 4 animales, así como su introducción en el medio natural. Pero, que nadie se asuste porque los vamos a poder seguir manteniendo con nosotros, aunque tendremos que cumplir unos requisitos antes del 1 de enero de 2022. Las Administraciones de las comunidades autónomas son las encargadas de poner en marcha las medidas necesarias para que los animales adquiridos antes del 31 de marzo de 2019 queden legalizados.
Los requisitos mínimos exigidos a los dueños de estos animales serán:
- Solicitud de tenencia: rellenar un formulario para informar sobre la posesión del animal a las autoridades competentes de cada comunidad autónoma.
- Esterilización de los animales (en los casos que establezca la ley).
- Identificación del animal mediante microchip u otro sistema y registro veterinario.
- Firma de una declaración responsable por parte del propietario.
- Informar, con carácter inmediato, de la liberación accidental del animal.
- Quedará prohibida la comercialización, reproducción, ni cesión de estos animales.
Si alguna persona no puede cumplir con estos requisitos, puede entregar de manera voluntaria a su mascota en los centros que cada comunidad autónoma habilite para ello.
En el caso de la Conselleria de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat de Catalunya, se está preparando una normativa que recogerá la información necesaria para proceder a la legalización de estos animales y cómo deben hacerlo los responsables, que se publicará en breve en su página web. De momento, los interesados pueden llamar al 012 para solicitar información. Además, la Conselleria ha llegado a un acuerdo con el Colegio Oficial de Veterinarios de Cataluña para colaborar, poniendo a disposición de la Conselleria centros para la esterilización de los animales. En cuanto a su recogida, desde esta comunidad autónoma están habilitando los Centros de Animales Exóticos de la Generalitat, además de llegar a acuerdos con santuarios privados.
Desde la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana también están trabajando en ello. Para solicitar información y la declaración de tenencia del animal hay que dirigirse al Servicio de Vida Silvestre de la Conselleria. En el caso de querer entregar al animal, los responsables pueden dejarlo en algunos de los Centros de Recuperación de Fauna de la Comunidad Valenciana, donde serán eutanasiados como marca la ley.
Por tanto, mientras las comunidades autónomas se van preparando para poder llevar a cabo esta legislación, lo mejor es seguir cuidando a nuestras mascotas de manera responsable y consultar a las autoridades competentes para legalizar la situación de estos animales.