Custodia compartida del perro tras el divorcio
Las mascotas ya no son cosas. La nueva Ley regula la custodia de las mascotas en caso de separación o divorcio. Con la reforma que ahora se ha planteado, se consigue dar respuesta a la pregunta de quién se queda la mascota en estas situaciones.
Mascotas
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La lucha por los derechos de los animales está cada día más extendida en la sociedad española. Tanto, que hasta ha calado en los partidos políticos. De hecho, todos los grupos parlamentarios en el Congreso están de acuerdo en que los animales dejen de ser cosas y sean considerados seres sintientes.
La última iniciativa llevada a cabo con este objetivo, en diciembre de 2017, ha sido la aprobación en el Congreso de la reforma del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, para que los animales sean considerados como seres vivos dotados de sensibilidad y, por lo tanto, sujetos de derecho.
¿Qué derechos tendrán los animales tras la reforma?
- En la práctica, con la reforma que ahora se ha planteado, se consiguen medidas para dar respuesta a la pregunta de quién se queda la mascota en caso de divorcio, separación o nulidad matrimonial, considerando que en el destino de las mascotas prime el interés familiar y el bienestar del animal. De hecho, entra a considerarse como posibilidad la custodia compartida de la mascota para repartir el tiempo de disfrute del animal.
- Otras de las medidas que se conseguirán son que los animales de compañía no puedan ser embargados a sus dueños ante impagos de rentas o que las mascotas no entren en el pacto de extensión de la hipoteca.
- Además, también se propone incluir como bienes inmuebles los viveros, palomares, criaderos o colmenas, entre otros hábitats animales, siempre y cuando el propietario los haya colocado o los conserve con el objetivo de mantenerlos unidos a la finca y formando parte de ella de un modo permanente.
Logros:
- Los animales dejan de ser considerados cosas.
- Los animales son considerados seres vivos dotados desensibilidad.
- En caso de separación o divorcio, en el destino delas mascotas primará el interés de los miembros de la familia y del bienestardel animal, "pudiendo preverse el reparto de los tiempos de disfrute sifuere necesario".
- Los animales de compañía no pueden ser embargados asus dueños ante impagos de rentas.
- Las mascotas no entrarán en el pacto de extensión dela hipoteca.
- Se incluyen como bienes inmuebles los viveros,palomares, criaderos o colmenas, entre otros hábitats animales.
Aunque estas medidas no son suficientes, ya que esta reforma todavía no recoge disposiciones testamentarias y de donaciones que tengan en cuenta el cuidado del animal, lo cierto es que los animales ya comienzan a tener derechos.
La aprobación de la reforma, que se encuentra actualmente en trámite de enmiendas y que será aprobada de forma definitiva en los próximos meses, dará lugar a un cambio histórico en la concepción jurídica de los animales.
El Observatorio de Justicia y Defensa Animal ha puesto en marcha la iniciativa #AnimalesNoSonCosas mediante la cual están recogiendo firmas para dar apoyo a este nuevo marco legal.